Inscripciones en AFIP, Rentas y Convenio Multilateral
Inscripción AFIP – Obtención de la C.U.I.T.
PARA INICIAR ACTIVIDADES Y FACTURAR LA SOCIEDAD DEBE ESTAR INSCRIPTA Y HABILITADA EN AFIP. EL PRIMER PASO ES OBTENER LA CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria).
Nuestra tarea consiste en inscribir al contribuyente, y en el caso de sociedades también a sus directores, brindando el mejor asesoramiento para disminuir los costos y procurar el inicio de la actividad.
- SOLICITUD DE CLAVE FISCAL
- DECLARACIÓN JURADA DE INSCRIPCIÓN
- ACREDITACION DOMICILIO FISCAL
- ALTA ACTIVIDAD
- ALTA IMPUESTOS
- SOLICITUD DE FACTURAS TIPO “A”
*En el caso de sociedades corresponde la previa inscripción de sus directores.
Inscripción Ingresos Brutos
Una vez inscripto el contribuyente en AFIP y obtenida la C.U.I.T, se procede a realizar la inscripción en el impuesto a los ingresos brutos, de corresponder.
Cuando el contribuyente ejerza actividades en dos o más jurisdicciones quedará en el ámbito de aplicación del convenio multilateral. Deberá inscribirse como contribuyente local.
CONVENIO MULTILATERAL – Actividades en 2 (dos) o más jurisdicciones.
CONTRIBUYENTE LOCAL – Actividades en 1 (una) jurisdicción.